El trabajo autónomo del alumnado.
Estimular sus capacidades para el trabajo en equipo.
Potenciar las técnicas de indagación e investigación.
Potenciar las aplicaciones y transferencias de lo aprendido a la vida real.
Crear un ambiente escolar motivador y favorecedor del aprendizaje.
1. El grado de consecución de los objetivos programados.
2. El nivel alcanzado de los contenidos de aprendizaje.
3. La capacidad de razonamiento, de comprensión, de síntesis y de análisis crítico.
4. La capacidad de cada alumno y el ritmo de cada uno en el proceso de aprendizaje.
5. La valoración del esfuerzo realizado y de los trabajos hechos, tanto dentro como fuera del aula.
6. La participación en el aula y en las distintas actividades que se organicen.
7. La presentación correcta de los trabajos: orden, limpieza, ortografía, redacción, expresión.
8. Los resultados de las diferentes pruebas realizadas dentro de un período de tiempo.
9. La colaboración en crear y mantener un buen ambiente de trabajo en el aula.
De forma que los pilares de la calificación sean:
a. El aprendizaje específico de la materia en relación con los objetivos y contenidos indicados en la programación de la misma.
b. El grado de madurez académica del alumno en relación con los objetivos del Bachillerato.
c. La asistencia regular a clase y a las actividades programadas para las distintas materias del currículo.
En esta sesión de evaluación, se aplicarán los criterios de promoción de Nivel y/o titulación.
Para el alumnado con evaluación negativa, el profesor de la materia elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y una propuesta de actividades de recuperación. Este informe junto con los objetivos alcanzados en el marco de la evaluación continua, serán los referentes para la superación de la materia en la prueba extraordinaria a la que se refiere el apartado siguiente.
El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria de las materias no superadas.
El alumnado y su familia podrán formular reclamaciones sobre los resultados de la evaluación final y de la prueba extraordinaria.
En la evaluación correspondiente al segundo curso, al formular la calificación final, el profesorado deberá considerar, junto a los elementos mencionados anteriormente, las posibilidades de los alumnos y alumnas para proseguir estudios superiores.
La evaluación del alumnado de segundo curso en aquellas materias que se imparten con idéntica denominación en los dos cursos de Bachillerato estará condicionada a la superación de la asignatura cursada en el primer año.
Del mismo modo se procederá en la evaluación de las materias cuyos contenidos son total o parcialmente progresivos, a saber: Física o Química de segundo en relación a Física y Química de primero; Ciencias de la Tierra y Medioambientales de segundo respecto a Biología y Geología de primero; Biología de segundo respecto a Biología y Geología de primero, y Electrotecnia de segundo en relación a Física y Química de primero.
Las materias no calificadas como consecuencia de la aplicación de lo establecido en los apartados anteriores, se computarán como pendientes.
1. Promocionan de 1º a 2º de Bachillerato los alumnos que tengan calificación positiva en todas las materias de primero o tengan calificaciones negativas en una o dos materias.
2. Las decisiones resultantes sobre el proceso de evaluación del alumnado serán
adoptadas por el equipo docente, con el asesoramiento del departamento de orientación, atendiendo a la consecución de los objetivos de las materias cursadas.
3. Los alumnos y sus padres o tutores legales pueden ser oídos antes de adoptar la decisión de promoción, para ello deberán dirigirse al tutor del grupo en la entrevista de atención a padres y alumnos de final de curso en junio, y completar el impreso que para tal fin tendrán a su disposición.
1. El alumnado que no promocionen a segundo curso deberá permanecer un año más en primero, que deberá cursar de nuevo en su totalidad si el número de materias con evaluación negativa es superior a dos.
2. Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias, podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas.
3. Los alumnos podrán permanecer escolarizados en el Bachillerato durante un máximo de cuatro cursos, consecutivos o no.
4. Con objeto de no agotar los años previstos en el apartado precedente, los alumnos podrán solicitar al Director del Centro la anulación de la matrícula cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones de tipo familiar que impidan la normal dedicación al estudio. Las solicitudes se formularán antes de finalizar el mes de abril y serán resueltas por el Director del Centro, quien autorizará dicha anulación.
1. Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias,
deberán matricularse de las materias pendientes del curso anterior, así como realizar un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y superar la evaluación correspondiente a dicho programa.
2. Los seminarios didácticos asumirán las tareas de apoyo y evaluación de los alumnos de segundo curso que tengan una o dos materias pendientes del curso anterior. A este fin propondrán a los alumnos un plan de trabajo con expresión de los contenidos mínimos exigibles y de las actividades recomendadas, y programarán pruebas parciales para verificar la recuperación de las dificultades que motivaron aquella calificación.
3. Siempre que la disposición del profesorado lo permita y haya al menos cinco alumnos con la materia correspondiente pendiente, se organizarán clases de repaso y recuperación.
4. La evaluación y calificación de las materias pendientes de primer curso se
realizarán antes que las de segundo, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria.
1. El alumnado que haya cursado primero de bachillerato en una determinada modalidad y desee cambiar a otra en segundo, deberá tener en cuenta lo siguiente:
a. Cuando el alumnado hubiera sido evaluado positivamente en todas las materias del primer curso, deberá cursar la totalidad de las materias del segundo curso y las no superadas de primer curso de la nueva modalidad.
b. Cuando sea evaluado negativamente en alguna materia común u optativa de primer curso y la suma de éstas y las materias de la nueva modalidad de primero no sea más de tres, el alumnado cursará todas las materias de segundo curso, las pendientes de primero y las de la nueva modalidad de primero no superadas.
c. Cuando sea evaluado negativamente en alguna materia común u optativa de primer curso y la suma de estas y las materias de la nueva modalidad de primero sea superior a tres, deberá realizar el primer curso completo de la nueva modalidad.
2. El cambio de vía dentro de la modalidad de Artes se efectuará en las mismas condiciones establecidas para el cambio de modalidad en el apartado anterior.
3. El cambio de bloque en segundo curso dentro de una misma modalidad o vía se regirá por las mismas condiciones de promoción y permanencia que las establecidas con carácter general para el bachillerato, teniendo en cuenta que el alumnado deberá cursar en segundo las materias de primer curso que tengan igual denominación o incluyan conocimientos de las materias de segundo curso del nuevo bloque en el que se matriculan.
Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato. Dicho título tendrá efectos laborales y académicos.

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